Cómo solicitar Certificado de Últimas Voluntades

Cómo solicitar Certificado de Últimas Voluntades

Cuando un familiar fallece resulta necesario solicitar Certificado de Últimas Voluntades para poder saber si el fallecido ha dejado algún testamento y, en caso afirmativo, comenzar a realizar todos los trámites necesarios para que los sucesores reciban la herencia que les corresponde.

El Certificado de Últimas Voluntades es un documento que acredita si una persona ha dejado un testamento y, en el caso de que el mismo se haya realizado, en qué notario se ha emitido. De este modo, los herederos del difunto podrán dirigirse al notario en el cual se llevó a cabo el último testamento de la persona fallecido y solicitar una copia de éste.

Cómo solicitar CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES

Debe hacerse hincapié en el hecho de que, sin dicho certificado, no puede realizarse ningún tipo de acto sucesorio. En otras palabras, la importancia de este documento es mucho mayor que la información con la que cuenta en sí mismo.

Pero ¿cómo solicitar Certificado de Últimas Voluntades? ¿Qué pasos se deben seguir? ¿Cuál es la documentación que será necesaria aportar? En las siguientes líneas encontrarás toda la información que necesitas saber para poder llevar a cabo este sencillo trámite.

Índice()
  1. ¿Qué es un testamento?
  2. Documentación para solicitar el Certificado de Últimas Voluntades
  3. Pasos a seguir para solicitar el Certificado de Últimas Voluntades
  4. Información a tener en cuenta

¿Qué es un testamento?

Antes de entrar en materia, resulta interesante detenerse a hablar de lo que es exactamente es un testamento. No es raro que muchas personas confundan el testamento con el Certificado de Últimas Voluntades, pero debe quedar claro que ambos conceptos son totalmente diferentes. No se trata del mismo documento.

Un testamento es el documento oficial donde se recoge qué destino desea la persona que tengan sus bienes tras su muerte. Para poder realizar un testamento es necesario que la persona tenga más de 14 años de edad y que no haya sido incapacitado por un juez a través de una sentencia judicial. Se pueden encontrar diferentes tipos de testamentos:

  • Testamento Olográfico: Es un testamento redactado, fechado y firmado por el testador desde el inicio hasta el final a mano, de su puño y letra.
  • Testamento Abierto: Es un testamento que se presenta ante notario, haciéndolo responsable de la conservación del original. Garantiza una mayor seguridad ante cualquier pérdida o destrucción. Puede hacerse en presencia de testigos y sin ocultar aquello que se expone en el mismo.
  • Testamento Cerrado: En este testamento, el testador no revela su última voluntad, es decir, el testador no desea que nadie se entere o sepa de lo que ha dispuesto en el testamento redactado. Suele ser escrito a mano o mecanografiado.

Cómo solicitar Certificado de Últimas Voluntades

Documentación para solicitar el Certificado de Últimas Voluntades

Para solicitar Certificado de Últimas Voluntades es preciso reunir una serie de documentos que se deberán presentar ante la administración para poder llevar a cabo dicha gestión. Los documentos que deberán aportarse son los siguientes:

  • DNI del fallecido (Documento Nacional de Identidad)
  • Modelo de solicitud 790 debidamente cumplimentado
  • Certificado literal de defunción (original o fotocopia compulsada) expedido por el Registro Civil
  • Justificante que corrobore que se han abonado las tasas correspondientes (actualmente 3,78 euros)

Pasos a seguir para solicitar el Certificado de Últimas Voluntades

Existen tres posibilidades para poder solicitar el Certificado de Últimas Voluntades:

Solicitud presencial: Deberán seguirse los siguientes pasos:

  • Solicitar cita previa por vía telefónica o por Internet
  • Rellenar la solicitud oficial del Ministerio de Justicia
  • Abonar las tasas correspondientes en las entidades bancarias colaboradoras
  • Acudir el día y hora establecido a la oficina territorial o registro civil más próximo o bien a la oficina central de atención al ciudadano del Ministerio de Justicia (Madrid)
  • Presentar la solicitud de manera conjunta de la documentación necesaria
  • En ese mismo momento se expedirá el Certificado de Últimas Voluntades y podrá llevárselo ese mismo día (salva ciertas excepciones)

Solicitud por correo ordinario/postal: En la solicitud por correo se deberán seguir estos pasos:

  • Rellenar la solicitud oficial del Ministerio de Justicia
  • Justificante de haber abonado las tasas correspondientes en algunas entidades bancarias colaboradoras
  • Enviar la solicitud conjuntamente con la documentación necesaria por correo ordinario a la siguiente dirección:

Registro General de Actos de Última Voluntad

Ministerio de Justicia

Plaza Jacinto Benavente, 3

28012 – Madrid

  • En el plazo aproximado de unos 10 días hábiles se recibirá el certificado en el domicilio indicado.

Solicitud por Internet: La tercera alternativa es solicitar el Certificado de Últimas Voluntades a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia a través del siguiente link. En este caso, el plazo para recibir el certificado se reduce a la mitad que por correo postal.

Cómo solicitar Certificado de Últimas Voluntades

Información a tener en cuenta

Llegado el momento de tener que solicitar Certificado de Últimas Voluntades será necesario tener en cuenta la siguiente información:

  • La solicitud no se podrá realizar hasta que no hayan transcurrido al menos 15 días desde el fallecimiento de la persona.
  • Aunque la solicitud presencial implica recibir dicho certificado en el momento, en ocasiones puede necesitarse de un tiempo superior, el cual nunca excederá de 3 días hábiles.
  • En aquellos supuestos en los que se vaya a hacer uso de este certificado en el extranjero, será preciso que se indique en el momento de su solicitud para que se expida con Legalización única o Apostilla de la Haya.
  • El formulario de solicitud puede ser presentado en cualquiera de los registros de la Administración General del Estado o bien en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
  • Habrá que ser cuidadosos a la hora de abonar las tasas para solicitar Certificado de Últimas Voluntades, ya que en el supuesto de pagar una cantidad errónea, la entidad financiera no podrá realizar la devolución de dicho importe y el interesado deberá abrir un expediente de devolución de ingresos indebidos.
  • Este certificado es público, de modo que podrá ser solicitado por cualquier persona interesada, siempre y cuando cuente con todos los documentos necesarios para su tramitación.
  • En el caso de que la fecha de fallecimiento sea posterior al 2 de abril de 2009 y el fallecimiento no se encuentre inscrito en el juzgado de paz, no será preciso presentar el certificado de defunción, ya que en la mayoría de los casos bastará con presentar el propio Documento Nacional de Identidad de la persona fallecida.

Como puedes comprobar, solicitar Certificado de Últimas Voluntades es realmente sencillo y no implica mayores complicaciones, tan solo deberás seguir estas sencillas pautas. Esperamos que todas las dudas que pudieses tener hayan sido resueltas.

Subir