Renta Activa de Inserción (RAI)

Renta Activa de Inserción (RAI)

La RAI consiste en una ayuda de 431 euros al mes para aquellas personas desempleadas con alguna necesidad económica y que tengan muchas dificultades para adquirir un nuevo empleo, también dirigidos a personas mayores de 45 años, emigrantes, víctimas de violencia de género o con alguna discapacidad superior al 33% o igual.

Índice()
  1. Requisitos generales para solicitar la RAI
    1. Los requisitos habituales son:
    2. Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años:
    3. Emigrantes retornados mayores de 45 años:
    4. Víctimas de violencia de género o doméstica:
    5. Personas con discapacidad igual o superior al 33%
  2. Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción
  3. ¿Cuánto dura la prestación? ¿Qué importe se cobra?
  4. Obligaciones y sanciones en la RAI

Requisitos generales para solicitar la RAI

Para poder recibir este beneficio tiene que encontrarse en una de estas circunstancias:

  1. Personas mayores de 45 años sin empleo en un largo tiempo.
  2. Emigrantes retornados mayores de 45 años.
  3. Aquellas víctimas de violencia de género.
  4. Personas con discapacidad.

Los requisitos habituales son:

  • Menor de 65 años.
  • Sin tener ingresos propios que sean superiores a 675 euros mensuales.
  • La suma de los ingresos mensuales por todas las personas de la familia, dividida por todos los miembros que la conforman no supere 675 euros mensuales por miembro.
  • No haber tenido este beneficio por más de tres veces.
  • No haber cobrado la RAI en los días anteriores a la solicitud. En los procesos de RAI donde se habla de personas mayores de 45 años de larga duración y emigrantes, estas personas tienen que consumir la primera RAI para poder solicitar una nueva, y esperando un año entre cada solicitud. En el caso de una RAI por violencia o por discapacidad fácilmente puede pedir las tres anualidades seguidas.
  • El proceso de RAI por discapacidad o para personas mayores de 45 años, antes de la citación se debe de acreditar ante el Servicio Autonómico de Empleo, para observar si hay envíos de curriculums o entrevistas de trabajos.

Además de los requisitos habituales, se tienen que tener en cuenta los siguientes:

Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años:

  • Cumplir los requisitos habituales del beneficio.
  • Tener 45 o más años.
  • Haber consumido un paro por subsidio por desempleo.
  • No tener más derecho a subsidios u otras prestaciones. Antes de solicitar una ayuda extraordinaria, la persona tiene que pedir el máximo de sus prestaciones. Tiene que saber que si está cobrando la ayuda y cumple con todos los requisitos para el subsidio tiene que pedir cambio inmediatamente.
  • Estar inscrito en las oficinas de empleo como un demandante durante 12 o más meses: para considerarse como interrumpida, se tiene que haber trabajado por un periodo acumulado de 90 o más días de los 365 días del año a la fecha de la solicitud o si por casualidad ha salido al extranjero. Y por supuesto no se considera interrumpida si trabajo por una cantidad inferior a los 90 días y cuando se confirme que la salido al extranjero ha sido por inferior o igual a 15 días por las situaciones de matrimonio, fallecimiento o enfermedad de algún integrante de la familia, nacimiento de un hijo, cumplimiento de algún deber de carácter público o personal.
  • Antes de exigir la RAI, se debe de hacer una serie de gestiones de búsqueda de empleos, que se deben de confirmar ante el Servicio Autonómico de Empleo.

Emigrantes retornados mayores de 45 años:

  • Tener más de 45 años
  • Haber tenido una jornada laboral por lo menos 6 meses en el extranjero desde la última salida de España y haber regresado a los 12 meses anteriores a esa solicitud.
  • No se exige estar inscrito como demandante de empleo 12 o más meses sin ninguna interrupción.

Víctimas de violencia de género o doméstica:

  • Confirmar la condición de víctima de violencia de género o doméstica por medio de un certificado de los Servicios Sociales de la Administración o algún centro de acogida, por la resolución judicial o un trabajo del Ministerio Fiscal.
  • Tampoco se exige estar inscrito como demandante de empleo en 12 o más meses sin ninguna interrupción, ni tener 45 o más años.

Personas con discapacidad igual o superior al 33%

  • Haber consumido la prestación contributiva o subsidio.
  • Tener un grado de discapacidad superior o igual al 33%.
  • Tiene que estar inscrito en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses, y se interrumpe cuando se ha trabajado 90 o más días en el año anterior de la solicitud, y si ha salido al extranjero por algún motivo.
  • Por ultimo hay que verificar en el Servicio Autonómico de Empleo, antes de solicitar la RAI al SEPE.

Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción

Los documentos se deben presentar en las Oficinas del Servicio Público de Empleo, o por internet www.sepe.es, las personas que resuelven esto son aquellas que están en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE y tardan algunos meses.

Aquellos documentos que tienen que presentar son el modelo oficial de la solicitud impreso, en donde contiene la declaración de rentas de la persona y de los integrantes de la familia que vivan juntos o estén a su cargo, la domiciliación bancaria, compromiso de actividad, autorización para la Agencia Tributaria (de la persona que será la beneficiada).

También los documentos de identificación de la persona que solicita y de los miembros de la familia que vivan con ella, tienen que estar presentes en la solicitud, declaración de indagación de empleo, en el caso de aceptar por ser parado de larga duración mayor de 45 años o quizás tener una discapacidad. Se tiene que demostrar una búsqueda de empleo que proporciona el Servicio Autonómico de Empleo.

Existe unos documentos netamente específicos para cada persona como:

  • Aceptar el programa con la única condición de que la persona con discapacidad que pueda reducir su capacidad laboral, tiene que entregar un certificado de minusvalía por una agencia de administración pública. Además de la Resolución expedido por el Instituto de Mayores y Servicio Sociales, certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde se observe la condición de la persona pensionada por discapacidad total y certificación del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa.
  • Si es emigrante tiene que aportar certificado por el Área de Trabajo de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno en cada provincia.
  • Si es víctima de violencia doméstica o de género, necesita confirmar tal condición con una sentencia de protección judicial o algún informe de Ministerio Fiscal.

¿Cuánto dura la prestación? ¿Qué importe se cobra?

Renta Activa de Inserción (RAI)

Se puede cobrar por unos 11 meses como un máximo y se puede solicitar hasta tres veces, en donde será un 80% del IPREM, es decir 430,27 euros al mes. Se puede realizar por unos 30 días en el mes que sigue y se abona en la cuenta bancaria, habitualmente el pago se realiza el día 10 de cada mes.

Para pedirla por tres años consecutivos se debe ser desempleado de larga duración mayor de 45 años y emigrantes. Hay que dejar un año en blanco, es decir, 11 meses, un año en blanco y luego 11 meses cobrando RAI, y mientras se está sin este beneficio hay que seguir con la prestación contributiva. Solamente los casos específicos de violencia se pueden cobrar sin la espera de un año.

Obligaciones y sanciones en la RAI

Estas obligaciones son mucho más severas que los subsidios, si  se infringen  se puede excluir totalmente del programa por todo un año. Es primordial seguir modernizando la demanda de empleo, nunca dejar de sellar la tarjeta de prestación contributiva, si se olvida provocara una sanción que puede hacer perder la ayuda extraordinaria.

Si por algún motivo no se puede reunir los requisitos, como por olvidar sellar el paro, no ir a la cita de la oficina o viajar sin autorización al extranjero, se tiene que notificar a las oficinas de empleo.  También puede ser causado por trabajar por cuenta propia, aceptar un subsidio por desempleo, tener pensiones de carácter netamente económico de la Seguridad Social.

Hay que tener muy claro que cuando se cobra la Renta Activa de Inserción no se puede cotizar por jubilación, tiene un régimen especial que permite sincronizar durante un periodo de tiempo la percepción de la ayuda.

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